El despido es el cese de la relación laboral entre un trabajador y la empresa. En España existen varios tipos de despido. Despidos objetivos, disciplinarios o colectivos. Si el juez da las causas como válidas, el despido será procedente. Si por el contrario las causas son dadas como inválidas se tratará de un despido improcedente o nulo.
La asesoría de una empresa que se dedique a buscar en cada despido la procedencia legal. Que guie a la compañía en los pasos para un despido procedente que no generé perdidas a la empresa es muy importante.
Despido objetivo
Es un despido que se realiza debido a causas organizativas, técnicas, económicas o de producción por parte de la empresa. Un despido objetivo se puede llevar a cabo por las siguientes razones.
- Cuando el trabajador muestre ineptitud, luego de la contratación. Esta causa debe alegarse antes de la culminación del periodo de prueba.
- Si el trabajador una vez transcurrido dos meses de que la empresa realice cambios razonables en su puesto de trabajo. No logra adaptarse a ellos.
- Cuando de manera acreditada, se hace necesario el despido de personal. Por motivos económicos, de producción, técnicos u organizativos.
- El absentismo laboral mayor al 20% de la jornada en dos meses consecutivos o del 25% en 4 meses discontinuos en un periodo de un año.
- Que la compañía tenga pérdidas o prevea que las tendrá.
- Que las ventas hayan caído por 3 meses consecutivos.
La empresa debe dar un preaviso al trabajador de 15 días antes de extinguir el contrato. El trabajador tendrá 20 días para hacer un reclamo si no está de acuerdo. La indemnización al trabajador debe ser de 20 días por año trabajado. No podrá ser mayor a 12 mensualidades.
Despido disciplinario
Se refiere al cese de la actividad laboral, debido a una falta o incumplimiento grave causado por el trabajador. Las causas que justifican este tipo de despido se detallan a continuación.
- Faltas frecuentes e injustificadas o impuntualidad al trabajo.
- Abuso de confianza o falta a la buena fe contractual.
- Desobediencia, indisciplina o faltas verbales o físicas contra el contratante u otros trabajadores.
- Baja en el rendimiento laboral sin causa justificada.
- Discriminación o acoso a otros trabajadores.
- Uso de alcohol o drogas que tengan incidencia negativa en la realización del trabajo.
En este caso, el contratante debe avisar por escrito al trabajador los motivos por los que cesa la relación laboral. El trabajador puede demandar al empresario y será un juez quien determine si es un despido procedente, improcedente o nulo.
Despido colectivo
Un despido que afecta al menos al 10% de los trabajadores de una empresa. Las causas son justificadas en estos casos.
- La empresa se encuentra en una mala situación económica.
- Causas técnicas. Se producen cambios en los medios de producción.
- Causas organizativas. Se producen cambios en los métodos de trabajo de los trabajadores.
- Causas productivas. La demanda de productos o servicio sufre cambios desfavorables.
El empresario debe avisar a los representantes legales de los trabajadores con 30 días naturales. Si posee menos de 50 trabajadores, debe dar aviso con 15 días de anticipación. La indemnización es igual a 20 días por año trabajado. No superará las 12 mensualidades.
Para evitar conflictos laborales por despido, lo mejor es estar asesorados por expertos. En DespidYa no solo te asesoran, sino que llevan a cabo todo el procedimiento. Desde redactar la carta de despido. Hasta representar la empresa ante los tribunales. Para conseguir de forma legal, la mejor sentencia o acuerdo. Que evite la perdida de dinero de la compañía.